Quilmes: Allanamientos por homicidio agravado por el uso de arma de fuego

HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO – APREH. (01) MASC. MAYOR, (01) FEM. MAYOR, (01) FEM. MENOR
S.R. AMBA SUR I CRIA QUILMES 1° QUILMES CENTRO
29DIC22
TEXTO: Con fecha 27/11/2022 se inician actuaciones en esta seccional bajo la IPP 13-00-031184-22 caratuladas “Av. Causales de muerte”, de la cual resulta victima el Sr. Roncal Moya José, quien recibe un impacto de bala en la zona del abdomen y se produce su deceso horas más tarde en el Nosocomio Iriarte, siendo el motivo del mismo una disputa por un lote ubicado en Barcarse y Sardou de este medio, tras tareas investigativas por parte del GTO, obtienen dos órdenes de allanamiento y detención de uno de los causantes identificados como VILELLA EZEQUIEL. En la fecha con colaboración de la totalidad de los GTO de Quilmes, Grupo GAD Lanús e Infantería Quilmes se cumplimentan los allanamientos arrojando el siguiente resultado: OBJETIVO 1 (Franklin al 900, Quilmes) se procede a la aprehensión de dos femeninas identificadas como P. MAIRA AYELÉN (16) Y PÉREZ PRISCILA (19) quienes se abalanzan contra personal policial e intentan golpearlo, por lo que se procedió a reducirlas y trasladarlas a la seccional; OBJETIVO 2 (Sierra y Franklin S/N Lote 4, Quilmes) se procede a la aprehensión de ALEXANDER EMANUEL OROZCO FARIAS (18) a quien se le secuestra de su habitación un revólver con numeración suprimida, marca Tanque modelo 1924 calibre 32 con tres municiones del mismo calibre, en tanto a la detención de VILELLA EZEQUIEL la misma arroja resultado negativo. Mantenida comunicación con UFI N° 2 no toma temperamento, por lo que se mantiene comunicación con UFI N° 5 Dr. Saizar quien dispone la aprehensión de Orozco Farías por el delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL, y su comparendo para el día 30 de diciembre del corriente año a primera hora, en tanto a la femenina Pérez Priscila, se la notifique del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y una vez finalizadas las mismas, se retire de la seccional mediante el art. 161 del CPP, consecuentemente se mantuvo comunicación con el FRPJ 1 Dr. Damena quien dispone se la notifique del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y sea entregada a su progenitor mediante el art 161. Por parte del GTO se continúan con las tareas de campo para ligar la detención del causante. Fdo. Javier Carlos Villar Comisario General Superintendente Región AMBA Sur I.