Quilmes: Un aprehendido por privación ilegal de la libertad agravada

PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA POR EL VÍNCULO ALLANAMIENTO ART. 222 del C.P.P. y ALLANAMIENTO ART. 59 del C.P.P (VMA 01 FEMN. MAYOR) LA COLONIA
S.R. AMBA SUR 1
CRIA. QUILMES 3º
06ABRIL22
LUGAR: CALLE GRAN CANARIAS AL 4300 QUILMES

TEXTO: Fecha, personal policial del C.P Quilmes, son comisionados a calle Gran Canaria al 4300 Quilmes, donde habría una femenina mayor de edad quien pediría ayuda. Una vez en el lugar personal policial tras escuchar gritos de pedidos de auxilio y ante ello y con la presencia de testigo hábil, se procede en tenor a lo establecido en el Art. 222 del C.P.P, a abrir la puerta y logra llegar hasta el interior de la finca donde se encontraba la mujer quien se identifica como DORIS LILIAN, (66), dlio en el lugar, quien refiere que su hijo MASSON HÉCTOR JOEL,(33), dlio calle Ascazubi al 100 Quilmes, tras su visita la deja encerrada, cerrándole la llave de paso de agua de la vivienda como así también le quito sus tarjetas de cobro y le consume el dinero de la jubilación.- Asimismo refiere que recibe malos tratos del tipo psicológicos y físicos. Seguidamente se procede al traslado de la femenina a la seccional policial. De comunicación con la Dra Ximena Santoro a cargo de la UFIYJ NRO 07 Quilmes, quien refiere que a la brevedad se haría presente en el lugar de los hechos.- Se solicita la presencia de policía científica.- Al bajar la Agente Fiscal con su equipo al domicilio de la calle Gran Canarias 4.359 se lleva a cabo una amplia inspección ocular y trabajos por parte de policía Científica, comprobándose que efectivamente la mujer se encontraba con el agua corriente cortada desde la calle y que las condiciones de vida eran precarias.- Finalizadas las tareas en el domicilio de la víctima, la Agente Fiscal ordena el traslado al domicilio de la calle Ascasubi al 100 de Quilmes donde dispone allanamiento en urgencia según lo ordenado en el artículo 59 del C.P.P..- Personal del GTO abocado a dicha tarea procede a llamar a la puerta siendo atendidos por el Sr. MASSON HÉCTOR JOEL a quien de manera inmediata se lo reduce y se procede a su aprehensión.- Al ingreso de la Dra. Santoro y su equipo se notifica al imputado de los motivos por los cuales se encuentra aprehendido y de los derechos que le asisten. Se lleva a cabo una requisa en el lugar con la presencia de testigo hábil incautándose documentación de la Sra. Sandoval, y las llaves del domicilio de Gran Canarias al 4300 de Quilmes.- La Dra. Ximena Santoro ordena el traslado de MASSON HÉCTOR JOEL al asiento de la seccional 3ra de Quilmes a los fines de llevarse a cabo las diligencias. De surgir se ampliara .Fdo. Javier Carlos Villar Comisario General Superintendente Región AMBA Sur I.